Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR)
El Instituto Azucarero Dominicano, creado por la Ley No.618 del 16 de febrero de 1965, es el órgano del Estado al que le corresponde recomendar al Poder Ejecutivo las normas de la política Azucarera Nacional en todos sus aspectos y la entidad encargada de velar por el cumplimiento de dichas normas.
Misión: Contribuir con la seguridad y la soberanía alimentaria de la República Dominicana, así como también con la consolidación de una economía sostenible, por medio del ejercicio de la regulación técnica del sector azucarero; recomendando al Poder Ejecutivo las normas de la política azucarera nacional en todos sus aspectos; velando por el cumplimiento del marco normativo; colaborando con las relaciones internacionales en el marco de la producción y comercialización de productos derivados de la caña de azúcar.
Visión: Ser una institución pública con elevados niveles de calidad, eficiencia y transparencia; que responde equilibrada, equitativa y oportunamente a las necesidades de los diferentes actores del sector azucarero, así como a los requerimientos del mercado nacional e internacional; técnicamente competitiva, tanto en el país como en el marco de los organismos internacionales; y, que promueve la sostenibilidad ambiental, social y económica.
Valores:
- Ética
- Integridad
- Objetividad
- Transparencia
- Competitividad
- Equidad
- Responsabilidad
- Compromiso
- Excelencia
- Colaboración
Objetivos Institucionales
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley No. 618 del 1 de febrero de 1966, que crea el Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR), la entidad tiene como objeto principal recomendar al Poder Ejecutivo las normas de la política azucarera nacional en todos sus aspectos, así como velar por el cumplimiento de las mismas.
De manera específica, corresponde al Instituto:
a) Hacer estudios sobre los mercados para determinar cuáles ofrecen mayores ventajas para la colocación de los productos derivados de la caña;
b) Prestar asistencia a las gestiones que se promuevan para obtener el mejor precio para dichos productos;
c) Coadyuvar en las gestiones necesarias para eliminar las barreras comerciales de cualquier índole que puedan afectar en los mercados extranjeros la producción de la industria azucarera dominicana;
d) Cooperar en las gestiones del Gobierno Nacional ante gobiernos extranjeros y ante los organismos y conferencias internacionales que tengan relación directa o indirecta con la producción y mercado de azúcar;
e) Promover el fomento y mejoramiento de los productos derivados de la industria azucarera;
f) Propiciar la realización de estudios destinados a mejorar el cultivo de la caña y a la más eficiente producción de azúcar, con el fin de que las actividades de la industria azucarera fortalezcan la economía regional y del país en el mayor grado posible;
g) Velar porque la República Dominicana cumpla los convenios internacionales a que esté o venga a estar sujeta en materia azucarera;
h) Supervigilar el mayor aprovechamiento por parte de la República de aquellas disposiciones legales o administrativas de aquellos países que consignen una participación en sus mercados a los azúcares dominicanos y sus derivados;
i) Estimular el consumo nacional de azúcar y de otros derivados de la caña por todos los medios a su alcance, recomendando al Gobierno los medios legales y administrativos que sean conducentes a dicho propósito.
Funciones Principales:
a) Asesorar al Poder Ejecutivo en cuanto a las normas de la política azucarera nacional, en todos sus aspectos, y velar por el cumplimiento de dichas normas.
b) Regular las actividades de la agroindustria de la caña de azúcar.
c) Prestar asistencia a las gestiones que se promuevan para obtener el mejor precio para dichos productos.
d) Cooperar en las gestiones del gobierno nacional ante gobiernos extranjeros, organismo y conferencias internacionales que tengan relación directa e indirectamente con la producción y mercado del azúcar.
e) Propiciar la realización de estudios destinados a mejorar el cultivo de la caña, y a la eficiente producción del azúcar, con el fin de que las actividades de la industria azucarera fortalezcan la economía regional y del país en el mayor grado posible.
f) Velar por el mejor aprovechamiento por parte de la Nación, de aquellas disposiciones legales o administrativas de países que consiguen una participación en sus mercados a los azúcares dominicanos y sus derivados.
g) Realizar estudios sobre los mercados para determinar cuáles ofrecen mayores ventajas para la colocación de los productos derivados de la caña.
h) Promover el fomento y mejoramiento de los productos derivados de la industria azucarera.
i) Representar al país en todas las organizaciones internacionales relacionadas con azúcar y otros derivados de la caña.
j) Velar porque el país cumpla los convenios internacionales a que esté o venga a estar sujeta en materia azucarera.
k) Estimular el consumo nacional de azúcar y de otros derivados de la caña por todos los medios a su alcance, recomendando al Gobierno los medios legales y administrativos que sean conducentes a dicho propósito.
l) Fijar las cantidades de azúcar a exportar y vender en los diferentes mercados correspondientes a cada productor, incluyendo los mercados de exportación tomando en cuenta las cuotas asignadas a la República Dominicana para exportación.
m) Establecer las formalidades para la comercialización doméstica de los azúcares y melazas de producción nacional.