Dirección General de Minería (DGM)

La Dirección General de Minería, es una dependencia del Ministerio de Energía y Minas, organismo creado mediante la Ley 146-71, en el año 1971, con la finalidad de como organismo estatal, de promover el desarrollo del país y de salvaguardar el interés nacional en todo lo concerniente a la industria minero-metalúrgica.

Las funciones principales que desempeña la Dirección General de Minería son:

  • Realizar investigaciones dentro de campo de la geología y disciplinas afines, que contribuyan al conocimiento, desarrollo y conservación de los recursos minerales del país.

  • Coordinar labores en relación con las investigaciones señaladas precedentemente que lleven a cabo entidades nacionales, internacionales o extranjeras, para alcanzar la más efectiva utilización de las mismas.

  • Alcanzar la más efectiva utilización de las investigaciones, con el objeto de obtener el aprovechamiento científico e intensivo de los recursos minerales.

  • Organizar y fomentar el adiestramiento en el campo de las disciplinas y técnicas geológicas, con el objeto de mejorar la capacidad científica y técnica de profesionales jóvenes dominicanos.

  • Evaluar la disponibilidad comercial de los recursos minerales.

  • Estudiar y resolver factores técnicos y económicos que presenten problemas para el desarrollo de recursos minerales.

  • Proveer asesoramiento sobre la industria minero-metalúrgica del país y velar por la higiene y seguridad de las explotaciones mineras.

  • Hacer cumplir las leyes, reglamentos y contratos que rijan las actividades minero-metalúrgicas en el país.

  • Puede practicar cuantas veces lo juzgue conveniente y dependiendo si el caso lo requiera, inspecciones a trabajos en superficie o subterráneos de cualquier concesión, como asimismo, para la identificación y verificación de linderos e hitos en el terreno.

  • Someter a consideración del Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Energía y Minas, los proyectos de reglamento que se consideren necesarios para la correcta interpretación y aplicación de esta ley.

  • Asistir al Gobierno, juntamente con el Banco Central, en asuntos relativos a la comercialización y exportación de productos mineros y metalúrgicos.

Visión

  • Ser una institución pública de alto nivel de capacidad técnica y operativa del sector minero nacional, para impulsarlo como un pilar del desarrollo económico del país, para que actué de manera responsable, competitiva y aporte al desarrollo sostenible, modernizando el sistema de gestión de concesiones mineras y estableciendo un sistema de fiscalización integral, que asegure el cumplimiento del sector en sus obligaciones con el país.

Misión

  • Desarrollar el sector minero nacional a través de la aplicación del marco normativo y legal, para generar riquezas, empleos, desarrollo económico y protección al medioambiente en el país, recomendando el otorgamiento de concesiones mineras de Exploración, Explotación y Plantas de Beneficio, asegurando el cumplimiento operativo y legal de las concesiones mineras, mediante una fiscalización efectiva.

Valores

  • Innovación: Utilizamos tecnología moderna, para el cumplimiento y desarrollo de las actividades mineras en el país.

  • Capacidad: Desarrollamos las habilidades en el personal para obtener el mejor y mayor nivel técnico minero.

  • Responsabilidad: Actuamos con decisión para el cumplimiento al marco legal y normativo del sector minero.

  • Transparencia: Conducimos nuestros procesos de evaluación de solicitudes de concesiones mineras y de fiscalización de operaciones mineras de manera abierta y pública.