Dirección General de Riesgos Agropecuarios
Breve Reseña Histórica de La Institución
La Dirección General de Riesgos Agropecuarios (DIGERA) fue creada mediante la promulgación de la Ley 157-09 del 3 de Abril del 2009 mediante el cual se regula el Seguro Agropecuario de la República Dominicana, y modificada por la Ley 197-11 el 6 de Junio del 2011, iniciando operaciones en Junio del 2013.
Las funciones consignadas en las Leyes 157-09 y 197-11 al Ministerio de Agricultura, fueron adjudicadas a la DIGERA, asignándole personalidad jurídica propia, con el objetivo de entregar a los productores un instrumento de protección, transparente y regulado que permita una mayor eficacia y optimización de los niveles de protección a los productores; mediante el subsidio de las primas de seguros, que consiste en el traspaso, a las Aseguradoras y Reaseguradores, de los daños económicos provocados a sus cultivos por los eventos climáticos de mayor ocurrencia, tales como: Sequías, lluvias excesivas , fuertes vientos, Huracanes, Tornados, entre otros, tomando en cuenta los conceptos fundamentales socioeconómicos del país para fortalecer el desarrollo de los pequeños y medianos productores.
Del mismo modo, DIGERA tiene encomendada la tarea de coordinar las instituciones públicas que compiten en el desarrollo y aplicación del seguro agropecuario y de apoyo a las instituciones y organizaciones privadas que participan en el mismo.
Desde el 2013 al 2020 se han emitido pólizas de seguro con un valor de en primas emitidas de más de 2,800 millones de pesos dando cobertura a más de 11 mil agricultores anuales y otorgándoles una cobertura del 50% del primaje asegurado por más de 1,400 millones.
Por otro lado, en cumplimiento a lo establecido en el art. 22 de la ley 157-09 inciso f), “Divulgar y fomentar el uso del seguro agropecuario y proveer asesoramiento a los asegurados.”, DIGERA ha realizado visitas periódicas a distintas Zonas Rurales del país logrando el fomento del seguro agropecuario, del mismo modo se han realizado visitas y acuerdos con las distintas asociaciones de productores, cooperativas y juntas agropecuarias.
FUNCIONES
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La fijación de los períodos de suscripción y garantía de las diferentes líneas de seguros, así como, los precios y rendimientos a efectos del Seguro, y las condiciones técnicas de cultivo o explotación exigibles a establecer en las correspondientes pólizas de Seguro.
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El establecimiento de las normas de tasación de siniestros
- La gestión de los montos de las ayudas del Estado al pago de las primas
- Actuar como árbitro en los términos previstos en la Sección XII de la Ley No. 146-02 sobre Seguros y Fianzas para la resolución de las cuestiones que pudieron ser planteadas por asegurados y aseguradores en materias relacionadas con el Seguro Agropecuario
- Realizar los estudios necesarios para la ampliación de las coberturas aseguradoras sobre riesgos que afecten a la producción agropecuaria, así como sobre la utilización de medidas para minimizar su impacto
- Divulgar y fomentar el uso del Seguro Agropecuario y proveer asesoramiento a los asegurados
- Administrar los fondos de apoyo al Seguro Agropecuario que se incluyan en el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos del Gobierno Central.
Misión
Propugnar el por desarrollo e implementación del Seguro Agropecuario, para universalizar la protección del sector productor Dominicano, ante las consecuencias que se derivan del acaecimiento de fenómenos naturales no controlables.
Visión
Ser el organismo estatal especializado y confiable que garantice la sostenibilidad del Sistema del Seguro Agropecuario, estimulando la modernización y la garantía de una continuidad en el ciclo de productividad, entregando a los productores un instrumento de protección.
Valores institucionales
Transparencia
Equidad
Compromiso
Innovación
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